Este seguro de cargo del empleador, se deberá contratar anualmente, para cada trabajador con contrato, en ejercicio presencial o semipresencial, y financiará o reembolsará los gastos de hospitalización y rehabilitación en FONASA o en Isapres. Además, considera una indemnización en caso de fallecimiento de 180 UF.
Será obligacion del empleador de empresa privada contratar este seguro y entregar el comprobante de contratacion al trabajador. En el caso de trabajadores independientes correspondera su contratación a ellos mismos.
Serán asegurados los trabajadores dependientes de empresas privadas con contratos sujetos al Codigo del Trabajo y que esten desarrollando sus actividades de forma presencial, total o parcial.
Este seguro contemplará, asimismo, una indemnizacion en caso de fallecimiento natural del asegurado ocurrido durante el periodo de vigencia de la poliza, con o por contagio del virus SARS.CoV2, causante de la enfermedad Covid-19.